4 diciembre, 2024

PROMULGARON LA LEY AUDIOVISUAL DE JUJUY

Se promulgó esta semana en el marco

del Festival de Cine de las Alturas

El miércoles por la tarde, en el marco de la 8va edición del Festival Internacional de Cine de las Alturas, se llevó a cabo la promulgación de dos leyes culturales que marcan un día histórico en la provincia de Jujuy. El evento se realizó en el Salón de la Bandera de Casa de Gobierno y contó con la participación del Sr. Gobernador de Jujuy, Gerardo Morales; el Ministro de Cultura y Turismo de Jujuy, Federico Posadas; el Coordinador General del Festival Internacional de Cine de las Alturas, Facundo Morales; autoridades nacionales, provinciales y municipales; y la comunidad artística local.

La ley provincial nro. 6250 Ley Audiovisual de la Provincia de Jujuy, establece el régimen aplicable a la promoción, fomento y difusión de la actividad audiovisual en todo el territorio provincial, comprensiva de su dimensión cultural e industrial, y de conservación patrimonial y fotográfico. Mientras que la ley provincial nro. 6253: Ley de Participación Cultural, instaura el régimen especial destinado a estimular e incentivar la participación privada para el financiamiento de proyectos culturales, patrimoniales y/o artísticos con el apoyo del gobierno de la provincia.

Cabe destacar que ambas leyes fueron sancionadas por la legislatura de la provincia en diciembre del 2021 y en la tarde del martes pasado el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, procedió a la firma de los decretos que las reglamentan.

Durante el acto, el coordinador Facundo Morales comentó: “El arte es un bien de primera necesidad que tiene el potencial de educar y transformar positivamente a nuestra sociedad. Por eso, impulsar este tipo de leyes es indispensable para el desarrollo de nuestros pueblos” A su vez, agradeció la decisión política de avanzar a paso firme con estos proyectos y que la cultura figure como prioridad en la agenda de la provincia. También agradeció a todas las personas que se involucraron y trabajaron en estos proyectos, “fue un proceso muy largo, desde su etapa de investigación y redacción hasta llegar aquí, donde hubo muchos encuentros con el sector, lo cual enriqueció profundamente el texto final” concluyó.

Por su parte, el mandatario provincial inició sus palabras mencionando el arduo trabajo y destacando el consenso del sector audiovisual para promover la cultura y el cine, además agregó “Esta ley reafirma el cambio de la matriz productiva que nos va a permitir a través de las producciones audiovisuales fortalecernos culturalmente y generar más fuentes de trabajo”, resaltando la importancia que tiene la actividad audiovisual como medio de expresión artístico y cultural, y como actividad capaz de aportar sustancialmente al desarrollo económico de la provincia.

 

Sobre el Instituto de Artes Audiovisuales de Jujuy

Los pilares sobre los que se estructurará el Instituto serán: la Dirección de Fomento y Promoción, la Comisión de Filmaciones de Jujuy, el Festival Internacional de Cine de las Alturas y el Archivo Fotográfico y Audiovisual de Jujuy.

La Jujuy Film Commission, coordinación que provee un servicio público al sector audiovisual facilitando los rodajes en toda la geografía provincial, pasará a llamarse Comisión de Filmaciones de Jujuy. Por su parte, el Festival Internacional de Cine de las Alturas, que desde el 2014 reúne al cine andino en uno de los principales eventos cinematográficos de la región, pasará también a formar parte del Instituto. El Archivo Fotográfico y Audiovisual de Jujuy será creado con el fin de preservar y conservar tanto el patrimonio fotográfico y audiovisual de la provincia, como también las producciones audiovisuales generadas a partir de la ley.

Además, se prevé la creación del Plan de Fomento y Promoción Audiovisual, orientado a desarrollar proyectos audiovisuales de producciones locales; la Plataforma de Contenidos Audiovisuales Provincial, que tendrá como finalidad la difusión de obras audiovisuales jujeñas; y el Registro Provincial de la Actividad Audiovisual de Jujuy, para la inscripción de personas humanas y/o jurídicas que desarrollen actividades audiovisuales y deseen acceder a los beneficios de la ley.

Por último, se destaca la inclusión de un importante paquete de beneficios impositivos para el sector: exenciones de impuestos (ingresos brutos, sellos, inmobiliario); subsidios al consumo eléctrico; y una serie de reintegros sobre inversiones realizadas en emprendimientos audiovisuales.

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